Límites de carga de gases refrigerantes A2L

Los límites de carga de los gases refrigerantes A2L están divididos en tres tramos diferentes; en función del tramo en que se encuentra la carga de la instalación refrigerante, se determinan unas especificaciones legales debe que se deben cumplir para evitar el riesgo de inflamabilidad. Se resume en el siguiente cuadro:

Carga inferior a mI
Carga superior a mI
e inferior a mII
Carga superior a mII
CASO I: ExclusiónX
CASO II: Necesidad de colocación de una medida de seguridad adicionalXX
CASO III: Se requiere certificación ATEXXXX

 

Caso 1. La instalación refrigerante queda excluida de la normativa

Cuando la carga de refrigerante sea inferior al límite inferior de inflamabilidad (LFL) x 6 m3 descritos en la siguiente tabla, se considera que la instalación refrigerante tiene un riesgo muy bajo de inflamabilidad, por lo que no se requiere de ninguna medida preventiva (queda excluido de la aplicación de la norma UNE-EN-378)

Refrigerante
LFL kg/m3
Carga máxima del refrigerante (kg)
R-320,3071,842
R-1234ze0,3031,818
R-452B0,3101,860
R454A0,2781,668
R-454B0,3011,806
R-454C0,2911,746
R-455A0,4232,538

La exclusión del sistema refrigerante a la aplicación de la normativa UNE-EN-378 no significa que el conjunto de la instalación lo esté, para ello hay que atender a las condiciones de diseño, seguridad y comunicación que especifican las normas para dicha instalación. Ejemplos de casos de exclusión son las instalaciones de potencia baja de compresor, como botelleros, bajo mostradores o máquinas de vending.

En el caso que se superen las cargas definidas en la tabla de arriba, la carga máxima se calculará según lo establecido en la norma UNE-EN 378 atendiendo a la inflamabilidad y toxicidad del refrigerante, y se deberá realizar una evaluación de riesgos tomando las normas correctoras para estar dentro de normativa entrando entonces en el caso II.

 

Caso 2. Necesidad de colocación de un sistema de seguridad adicional

En el caso de superar la carga especificada, sin que sea superada en función de la toxicidad, se deberá realizar un análisis de riesgo de inflamabilidad con arreglo a la norma UNE-EN-378. Si como resultado de éste análisis se trate de una zona sin riesgos, por ejemplo una zona exterior como terrazas, tejados, etc., se podrá utilizar la instalación frigorífica con los límites de carga según la fórmula del cuadro. Si, por el contrario, la zona se clasifica como zona ATEX 0, 1 ó 2, se deberá certificar la instalación frigorífica según el reglamento de atmósferas explosivas.

En el caso que la instalación frigorífica no sea ATEX y se deba superar la carga máxima especificada anteriormente en la tabla, existe la posibilidad de utilizar dicha instalación siempre y cuando se tomen medidas adicionales o correctoras, como la modificación de variables para que se excluya de zona ATEX, o bien una medida de seguridad adicional como es la instalación de un sensor de saturación de refrigerante para evitar una mezcla explosiva. 

La exclusión del equipo refrigerador de la aplicación de la normativa no significa que el conjunto de la    instalación lo esté, para ello hay que atender a las condiciones de diseño, seguridad y comunicación que especifican la norma UNE-EN-378.

En los equipos refrigeradores en este segundo caso y que estén equipados con resistencia de desescarche, hay que asegurar que sus superficies no superen la temperatura de 100K; por ejemplo colocando un clíxon (sensor de temperatura) que ante una subida de temperatura excesiva desconecta el suministro eléctrico. El fabricante de la batería, en este caso Sereva, diseña el evaporador de forma y manera que la temperatura de superficie de las resistencias no supera esta temperatura. 

 

Caso 3: necesidad de certificación ATEX

En el caso que la carga de refrigerante supere la carga máxima (mII) calculada según lo establecido en el Anexo C de la norma UNE-EN 378-1, se deberá realizar un análisis de riesgo de inflamabilidad con arreglo a la norma UNE 60079-10-1 para determinar la clasificación de la zona ATEX en la que va a funcionar el equipo frigorífico. Una vez quede determinada en qué zona va a funcionar la instalación frigorífica, zona 0, 1 ó 2, se procederá a equiparla y configurarla según esta normativa para obtener la certificación ATEX.

Facebook
Twitter
LinkedIn

CONFIGURA AQUÍ TU EVAPORADOR A MEDIDA

Elige los parámetros y crea tu evaporador a medida.